Muchos ni siquiera tienen registrado el concepto.
Nadie está exento de pasar un mal momento o tener un percance que complique el pago de una deuda en tiempo y forma. Lo que los acreedores reclaman (porque a los acreedores los que les interesa es cobrar), y lo menos que se puede hacer desde una postura de bien nacido, es sentarse a negociar/renegociar de buena fe.
El fallo de Griesa denota que lo hizo harto de broca por las boludeces que dijeron los funcionarios. Si en lugar de hacer declaraciones pseudopatrióticas lo hubieran manejado como un proceso, distinta sería la cosa.
ReplyDeleteImagino los abogados americanos representantes del país, deben cobrar por adelantado.
Seguramente en el nuevo código Civil se habrá eliminado el art. 1198 del Código de Velez Sarfield.
ReplyDelete"Art.1198.- Los contratos deben celebrarse, interpretarse y ejecutarse de buena fe y de acuerdo con lo que verosímilmente las partes entendieron o pudieron entender, obrando con cuidado y previsión."