Dec 23, 2010

¿Me van a decir en serio que hace falta explicarlo?

Si es así, estamos muy mal.

¿En Argentina es posible escupir a un señor con el que nos cruzamos en la calle? ¿A una señora que espera al 60? ¿A un bombero que acude a apagar un incendio? ¿Al repartidor que te deja la pizza? ¿A la señorita que te hace las uñas en la peluquería de la esquina?

No, de ninguna manera. Vas en cana o te comes un flor de juicio.

¿Cómo alguien en su sano juicio puede creer que sí es posible escupir a un efectivo de la policía, que representa el Poder Ejecutivo, encargado de hacer cumplir la ley?

¿Estamos hablando en serio?

Insisto, ¿el pelotudismo es de ahora o viene de larga data?

8 comments:

  1. Larga data, e incrementado por la "educación", sobre todo de Ciencias Sociales....

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  2. Están muy mal, Andy.
    ¿Cuál es el próximo tema a debatir, si los contratos deben ser de cumplimiento obligatorio o voluntario?

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  3. Me temo que escupir a una persona, aunque sea un policía, NO está tipificado en el Código Penal y por lo tanto, NO CONSTITUYE DELITO.

    Hace varios años ya, un conocido abogado se dedicó prolijamente a escupir a diversos políticos y SIEMPRE evitó ser procesado porque no era delito. A cambio, se comió algunas prolijas pateaduras por parte de la custodia y/o patotas del afectado.

    Eso sí, nunca le hablaba al objetivo del escupitajo ni lo insultaba porque eso sí podía constituir el delito de calumnias e injurias...

    Creo que alguna ordenanza municipal prohibía escupir en el suelo de los bares y/o restaurantes, pero nada decía acerca de depositar una flor de escupida en la pared del establecimiento o en el techo, aunque esto último está medio dificultado por la Ley de Gravedad.

    Por las dudas, no lo hagan porque hay gente sensible que puede ofenderse y no entiende de leyes.

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  4. So you think you can stone me and spit in my eye?

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  5. No es necesario que diga "escupir será reprimido..." en el código penal, se puede interpretar como una agresión o en ese caso una resistencia. Por las dudas me fije si exten casos: Caso 1, Caso 2, Caso 3, Caso 4, etc...

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  6. Rothbard, todos los ejemplos que pusiste NO son de Argentina. En Argentina solamente son delitos los tipificados y es el Juez el que se encarga de interpretar la Ley en caso de duda.

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  7. El enmascarado) está en lo cierto.

    Aunque no me gusta el Estado ni el sistema penal. SEGURIDAD JURÍDICA es también ir preso SOLAMENTE por los delitos TIPIFICADOS.

    En el derecho AngloSajon es diferente, pero acá lo que no está tipificado no es delito, claro que siempre hay un juez Argentino que acomoda los hechos y usa la analogía, cuestión teoricamente prohibida en el Derecho penal Argentino.

    SALU2 Y FELICIDADES GABRIEL

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