Feb 14, 2011

Derechos Humanos

Artículo 24 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Ejemplo: "Milagro Sala: ¿Por qué no podemos ir a Punta?"

1 comment:

Note: Only a member of this blog may post a comment.