Nov 6, 2008
Necesitamos la suerte de Tweety
Las principales modificaciones al proyecto de reforma jubilatoria que introdujo el oficialismo apuntan a los siguientes ejes:
- Inversiones: se explicita en la iniciativa en qué se puede invertir el superávit de la Anses (es decir, los excedentes obtenidos tras el pago de los haberes jubilatorios), un dato no menor si se considera que a fines de año rondaría los 120.000 millones de pesos.
Ese superávit podrá ser destinado a la misma cartera de inversiones que hoy tienen las AFJP. Esto significa que la Anses podrá invertir hasta el 50% de su superávit a prestarle al Tesoro, ya sea mediante títulos públicos, letras o bien préstamos. También podrá invertir en acciones, obligaciones negociables y títulos valores (en menores porcentajes), aunque se prohíbe la inversión de los fondos en el exterior.
Hecha la ley, hecha la trampa. A la Anses se le prohíbe hacer buenas inversiones.
Los fondos serán invertidos en activos de los huye, de los que se ríe, todo inversor de largo plazo: títulos públicos y préstamos en pesos.
Se prohíbe la inversión de los fondos en el exterior, no vaya a ser que los jubilados del futuro reciban una pensión digna. Se trata de un privilegio reservado sólo para los excelentísimos gobernadores de Santa Cruz.
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