Del Profesor Juio:
No es que simpatice con Machinea, pero tiene razón en que no le cuelguen la llamada "tablita de Machinea" como un engendro propio.
La llamada "tablita de Machinea" fue un aumento en las alícuotas del impuesto a las ganancias para las personas físicas, en todos los tramos (ley 25.329, con efecto a partir del 31-12-1999, que sustituyó el artículo 90 de la ley 20.628 de impuesto a las ganancias). A partir de $ 120.000, que en esa época significaban U$S 120.000 de ganancia anual, se fijó una suma de $ 28.5000 más una alícuota del 35% sobre el excedente de $ 120.000.
Recordemos que en épocas de convertibilidad esa escala progresiva, si bien era elevada, recién gravaba con la alícuota máxima el excedente de ciento veinte mil dólares. De 30.000 a 60.000 pesos-dólares, se fijó $ 4.200 más el 23% sobre el excedente de $ 30.000; de 60.000 a 90.000, 11.100 más el 27% sobre el excedente de 60.000; de 90.000 a 120.000, 19.200 más 31% sobre el excedente de 90.000; y de 120.000 en adelante, 28.500 más 35% sobre el excedente de 120.000.
Era una escala alta, pero su excesiva onerosidad posterior a la devaluación no puede achacarse a Machinea: lo que eran U$S 120.000 (dólares) se convirtió en $120.000 (cuarenta mil dólares).
En síntesis, los gobiernos de Duhalde y de Kirchner (versiones estrábica y enjoyada) se negaron a reconocer la inflación para ajustar las alícuotas, y eso determinó que cada vez más gente cayera en los tramos superiores de imposición, y otros que antes no pagaban, por efecto de la inflación comenzaron a estar gravados.
Una última aclaración, ajena a la polémica progresista. El Diario La Nación se desvela tiernamente por los "trabajadores" (en relación de dependencia), pero éstos no son peor tratados por el fisco. Los profesionales independientes soportamos las siguientes retenciones sobre los honorarios que percibimos:
Un honorario de $ 90.000 -menos de U$S 30.000- genera, de conformidad con la resolución 1810/2005 de la Administración Federal de Ingresos Públicos, las siguientes retenciones -pagos a cuenta del impuesto a las ganancias- sobre los honorarios facturados, que son sus ingresos brutos (los gastos para la obtención de ellos serán descontados, a valores históricos, en la declaración jurada anual, pero el fisco desde ya percibe las retenciones sobre los valores brutos):
1) Se deduce la suma de $ 1.200, que no está sujeta a retención .
2) Sobre el saldo -es decir $ 88.800- se aplica una retención fija de $ 9.600 más el 30% de lo que exceda de $ 40.000; esto es, $ 9.600 más 0,3 x (88.800-40.000), lo que significa 9.600 + 14.640= 24.240.
Mientras nuestro peso se siga depreciando -hoy en día, un billete de dos pesos equivale en la práctica a cincuenta centavos de la época de la convertibilidad- seguir gravando idénticos ingresos nominales con la misma alícuota, equivale a gravar con esa tasa ingresos reales cada vez menores.
Me tiene repodrido que el gobierno y la prensa sólo llamen trabajadores a los dependientes -aunque sean unos vagos- y no a los empresarios, profesionales y autónomos, que tributan más, se quejan menos, y no son motivo de preocupación de ningún gobierno.
Primero, estoy en contra de este tipo de impuestos que son un asalto al bolsillo, pero:
ReplyDeleteCuantos son los que ganan mas de 7000 pesos, que segun La Nacion, es el piso desde el cual empezas a pagar ???
Porque el gobierno hizo el anuncio como si todos se beneficiaran de esta medida, que si llega al 15% de la poblacion activa es mucho.
El resto que se joda.
Beto, Argentina debería ir hacia un flat rate ASAP.
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