Apr 12, 2012

Juris-imprudencia.


Esta frase de un especialista en jurisprudencia, criticando el proyecto de ley de matrimonio y convivencia:

"(...) cualquier persona que quiera sustraerse de sus derechos no lo va a poder hacer."

Es la ídea del voto: es un derecho y una obligación.
Según tengo entendido, el un mundo racional, cuando uno tiene un derecho puede ejercerlo o no. No tiene la obligación de ejercer su derecho. También tiene el derecho de abstenerse de ejercer su derecho. Sencillamente: uno tiene el derecho de transitar libremente, pero si quiere quedarse en su casa y no transitar nadie puede obligarlo. En Argentina no: uno tiene la obligación de ejercer su derecho.
No traten de explicarlo. No tiene pies ni cabeza. Es la Argentina de los ignorantes, en dónde se inventa todo de cero y a conveniencia. Y los habitantes son tutelados (*) por los administradores circunstanciales del Estado.

(*) tutela.

(Del lat. tutēla).

1. f. Autoridad que, en defecto de la paterna o materna, se confiere para cuidar de la persona y los bienes de aquel que, por minoría de edad o por otra causa, no tiene completa capacidad civil.

(...)

~ ejemplar.



1. f. Der. La que se constituye para cuidar de la persona y de los bienes de los incapacitados mentalmente.

~ legítima.

1. f. Der. La que se confiere por virtud de llamamiento que hace la ley.

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