Esta frase de un especialista en jurisprudencia, criticando el proyecto de ley de matrimonio y convivencia:
"(...) cualquier persona que quiera sustraerse de sus derechos no lo va a poder hacer."
Es la ídea del voto: es un derecho y una obligación.
Según tengo entendido, el un mundo racional, cuando uno tiene un derecho puede ejercerlo o no. No tiene la obligación de ejercer su derecho. También tiene el derecho de abstenerse de ejercer su derecho. Sencillamente: uno tiene el derecho de transitar libremente, pero si quiere quedarse en su casa y no transitar nadie puede obligarlo. En Argentina no: uno tiene la obligación de ejercer su derecho.
No traten de explicarlo. No tiene pies ni cabeza. Es la Argentina de los ignorantes, en dónde se inventa todo de cero y a conveniencia. Y los habitantes son tutelados (*) por los administradores circunstanciales del Estado.
1. f. Autoridad que, en defecto de la paterna o materna, se confiere para cuidar de la persona y los bienes de aquel que, por minoría de edad o por otra causa, no tiene completa capacidad civil.
(...)
~ ejemplar.
1. f. Der. La que se constituye para cuidar de la persona y de los bienes de los incapacitados mentalmente.
~ legítima.
Nunca me cerró lo de “derecho obligatorio”.
ReplyDeleteTutela o la mía?
ReplyDelete