Dec 29, 2012


Yo creía que el derecho a transitar estaba garantizado expresamente por el Artículo 14 de la Constitución Nacional siempre, no solo cuando hay inicio o recambio de temporada veraniega.

Este país ya no es surrealista, es SUBrealista.

Gatienso

2 comments:

  1. El reino del revés. Hay que presentar medidas cautelares para que tengan vigencia los derechos constitucionales.

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  2. Todos sabemos que el gobierno bonaerense no necesita ninguna autorización judicial para enviar a la policía a impedir un corte de ruta.
    Supongo que acude a la justicia para echarle la culpa a alguien ante cualquier acusación de "represión".

    Pero en lo que me quedé pensando es en esto: si hubiese ido yo (o un grupo de 50.000 ciudadanos) a hacer exactamente el mismo reclamo por los mismos motivos, ¿la justicia de Dolores hubiera hecho lugar de la misma manera?
    ¿Hubiese actuado de forma imparcial, o en forma diferente según quién hubiese hecho la presentación?

    Ya sé. No me contesten...

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