Nov 22, 2011

Una de las características del sistema republicano de gobierno es la división de poderes

Cuando hablamos de los poderes del Estado, normalmente nos referimos al Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

En los sistemas parlamentarios, la cosa es un poco más complicada, ya que la línea divisoria entre el ejecutivo y el legislativo es menos clara.

En los hechos, la Argentina está organizada en un sistema con poderes de primera categoría y poderes de segunda categoría. Los poderes de segunda categoría son el legislativo y el judicial y los de primera categoría son el ejecutivo y la corporación sindical.

Los poderes de segunda categoría están efectivamente subordinados a los de primera categoría y, en la relación entre los dos poderes de primera categoría, no siempre está claro cuál está subordinado a cuál.

A esta altura del partido, después de más de 60 años de vigencia de un modelo sindical de neto corte fascista corporativista, debería resultar obvio de toda obviedad, caer de maduro, si es víbora te pica en el esculapio, que el país jamás podrá salir del círculo vicioso de la pobreza y del atraso sin su desarticulación y reemplazo por otro más compatible con la modernidad.

2 comments:

  1. Pero don Louis... me extraña. Eso que ud. propone es de oligarcas neoliberales fascistas derechistas, partidarios del Proceso que gozan con el sufrimiento del pueblo...

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