Ley penal cambiaria 19359 Artículo 1° - Serán reprimidas con las sanciones que se establecen en la presente ley: a) Toda negociación de cambio que se realice sin intervención de institución autorizada para efectuar dichas operaciones; b) Operar en cambios sin estar autorizado a tal efecto; c) Toda falsa declaración relacionada con las operaciones de cambio; d) La omisión de rectificar las declaraciones producidas y de efectuar los reajustes correspondientes si las operaciones reales resultasen distintas de las denunciadas; e) Toda operación de cambio que no se realice por la cantidad, moneda o al tipo de cotización, en los plazos y demás condiciones establecidos por las normas en vigor; f) Todo acto u omisión que infrinja las normas sobre régimen de cambio
Carancho, las trabas a la libertad estaban de antes, el estado no puede descuidar el kiosco.
La ley penal cambiaria es de 1971, no la inventaron estos rotosos, sólo la revivieron. Es una ley que, básicamente penaliza con multas y cárcel cualquier violación a las normas cambiarias. En los últimos 10 años el Banco Central emitió 326 "normas cambiarias", así que imagínense que es muy fácil violar alguna sin tener intenciones criminales.
Ley Penal cambiaria. Obvio que los va a meter presos, es para demostrar que aca no hay nadie libre, ni mercado, ni personas.
ReplyDeletePresos? Con què cargo?
ReplyDeleteLey penal cambiaria 19359
ReplyDeleteArtículo 1° - Serán reprimidas con las sanciones que se establecen en la presente ley:
a) Toda negociación de cambio que se realice sin intervención de institución autorizada para efectuar
dichas operaciones;
b) Operar en cambios sin estar autorizado a tal efecto;
c) Toda falsa declaración relacionada con las operaciones de cambio;
d) La omisión de rectificar las declaraciones producidas y de efectuar los reajustes correspondientes si
las operaciones reales resultasen distintas de las denunciadas;
e) Toda operación de cambio que no se realice por la cantidad, moneda o al tipo de cotización, en los
plazos y demás condiciones establecidos por las normas en vigor;
f) Todo acto u omisión que infrinja las normas sobre régimen de cambio
Carancho, las trabas a la libertad estaban de antes, el estado no puede descuidar el kiosco.
La “ley penal cambiaria”, qué grande.
DeletePerdòn Hegeliano, realmente lo ignoraba. Mis disculpas, y gracias por desasnarme.
Delete¿Y qué hicimos cuando nos impusieron la ley penal cambiaria?
ReplyDeletePor ahí es el comienzo de algo.
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ReplyDeleteUn acto de resistencia civil, los primeros presos políticos del régimen.
ReplyDeleteSería un honor caer preso por una cosa así.
DeleteGus VF
La ley penal cambiaria es de 1971, no la inventaron estos rotosos, sólo la revivieron.
ReplyDeleteEs una ley que, básicamente penaliza con multas y cárcel cualquier violación a las normas cambiarias. En los últimos 10 años el Banco Central emitió 326 "normas cambiarias", así que imagínense que es muy fácil violar alguna sin tener intenciones criminales.